Estados Unidos

Visas Temporales (No Inmigrante)

B1: Visitantes por negocios

La visa de “visitante” es una visa de no-inmigrante para personas que quieran entrar los Estados Unidos temporalmente por razones de negocio (visa B-1) o por razones de placer o médicas (visa B-2).

Ciertos viajeros procedentes de ciertos países bajo ciertas restricciones pueden entrar a los EE.UU. como visitantes por negocios sin necesidad de visa a través del Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program).

Solicitantes de visas de visitante deben mostrar que llenan los requisitos descritos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act). La ley hace la presunción de que todo solicitante de visa tiene la intención de emigrar a los Estados Unidos. Por esta razón los solicitantes deben demostrar que NO desean quedarse a vivir en los EE.UU.

El solicitante debe demostrar que:

1. El propósito de su viaje es entrar a los EEUU por razones de negocio, placer, o por razones médicas.
2. Que planea quedarse en los EEUU por una cantidad de tiempo específica y limitada.
3. Que reside fuera de los EEUU y que tiene razones que hacen necesario que salga de los EEUU al final de su visita.
4. No es Inelegible para Visas. En algunas situaciones, un solicitante quien es inelegible, pero quien en todo otro aspecto es apto para ser clasificado como visitante, puede solicitar que le revoquen la inelegibilidad (waiver). Sí la inelegibilidad es revocada, el individuo puede recibir la visa.

El solicitante de una visa de visitante por lo general puede completar y entregar la solicitud en la Embajada o el Consulado Estadounidense con jurisdicción sobre su lugar de residencia permanente.

Cada solicitante de una visa de visitante debe hacer un pago de los derechos correspondientes, y debe entregar los siguientes documentos:

1) Una formulario de solicitud Form DS-156, lleno y firmado.
2) Un pasaporte valido para viajar a los Estados Unidos, que tenga una fecha de expiración de más de 6 meses después del periodo durante el cual el solicitante planea visitar los EEUU. Sí más de una persona está incluida en el pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud.
3) 2 fotos de un tamaño de 37x37 mm cuadrados (1.5 pulgadas cuadradas) de cada solicitante, mostrando la cara entera, con la cabeza descubierta y con un fondo claro.
Asimismo, el solicitante debe entregar cualquier documento o información que sirva de prueba del propósito de la visita y de la intención de no quedarse en los EEUU. No es posible especificar la forma de estas pruebas puesto que depende de las circunstancias de cada solicitante.

Personas que estén viajando por razones de negocio pueden presentar una carta de la empresa estadounidense indicando el propósito de la visita, el tiempo de estadía, y la intención de la compañía de cubrir los costos del viaje (sí esa es la situación).

Sí el solicitante no tiene suficientes fondos para sostenerse durante su visita a los EEUU, debe presentar evidencia convincente de que una persona interesada sostendrá al solicitante durante su visita. Los visitantes no están permitidos a aceptar trabajo durante su visita a los EEUU.

Dependiendo de las circunstancias individuales, los solicitantes pueden proveer otras clases de pruebas del propósito del viaje y las razones específicas por las cuales el solicitante necesita volver a su país de residencia (por ejemplo trabajo, familia, etc.).

A no ser que haya sido cancelada, una visa es valida hasta su fecha de expiración. Por esta razón, sí el viajero tiene una visa de visitante en un pasaporte que ya expiró, el viajero todavía puede usar la visa para entrar a los EEUU siempre y cuando también lleve un pasaporte valido.

Tratar de obtener una visa con información falsa de forma escrita o verbal, o con fraude, puede resultar en la negación permanente de la visa y la inadmisibilidad a los Estados Unidos.

Sí el representante consular (o cónsul) niega una solicitud de visa, el solicitante puede volver a presentar la solicitud cuando haya sido resuelta la razón por la cual la primera solicitud fue negada. Sin embargo, sí no hay pruebas de que la situación del solicitante ha cambiado, el representante consular no está obligado a considerar al nueva solicitud.

Los solicitantes deben tener claro que una visa no garantiza entrada a los Estados Unidos. Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, anteriormente INS y U.S. Customs) tiene la autoridad para negar la entrada.

También, el periodo por el cual el portador de una visa de visitante está autorizado para quedarse en los Estados Unidos es determinado por el CBP/USCIS, no por el oficial consular. En el puerto de entrada a los EE.UU., un oficial del CBP debe autorizar la admisión del viajero a los EE.UU. En ese momento el oficial del CBP valida el Registro de Entrada y Salida (Form I-94), el cual describe la cantidad de tiempo por la cual el viajero se puede quedar en los EE.UU.

Aquellos visitantes que deseen quedarse más del tiempo indicado en el Registro de Entrada y Salida (Form I-94) deben contactar al Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) para solicitar el formulario Form I-539, formulario de Solicitud de Extensión de Estatus. La decisión de aprobar o negar una extensión de la visita es hecha exclusivamente por USCIS.